Esta Dirección General convierte imaginación política en propuesta pública: aquí ensayamos nuevas reglas del juego institucional, las sometemos a contraste social y las abrimos a deliberación colectiva.
CONCURSO-OPOSICIÓN PRINCESA/PRÍNCIPE DE ASTURIAS Y FUTUROS REYES DE LA HISPANIDAD
LEY DE ORGANIZACIÓN DEL PODER REAL
NOSOTROS LOS NIÑOS, HEREDEROS DE ESPAÑA, DE NUESTRO DESTINO Y DE TODOS LOS BIENES FUTUROS
A todos aquellos que vean y entiendan estas palabras:
Sabed que esta ley se aprueba a sí misma.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
CONSIDERANDO que la hispanidad comprende un vasto territorio con cientos de millones de niños y niñas, entre los cuales indudablemente se encuentran mentes brillantes, corazones valientes y espíritus justos capaces de liderar nuestros pueblos con sabiduría;
CONSIDERANDO que la selección del monarca por circunstancias meramente biológicas desaprovecha el inmenso potencial de talento existente en todos los territorios de la antigua Corona;
CONSIDERANDO que la observación de la naturaleza, específicamente de las abejas, demuestra que la selección de una reina debe basarse en una crianza especial y no en el linaje, siendo este método mucho más eficaz para garantizar el liderazgo adecuado;
CONSIDERANDO que el sistema actual de transmisión de la Corona ha quedado obsoleto en una sociedad que aspira a la inclusión, la diversidad y la participación;
CONSIDERANDO que la mirada y el pensamiento de la infancia aportan una perspectiva esencial, no contaminada por intereses particulares, para la adecuada resolución de los problemas que aquejan a nuestras sociedades;
CONSIDERANDO que una renovación en la forma de seleccionar al Jefe del Estado reforzará la legitimidad de la institución monárquica y reavivará el vínculo entre la Corona y los pueblos de la hispanidad;
CONSIDERANDO, finalmente, que la búsqueda del mejor niño o niña entre los cientos de millones que pertenecen a nuestros territorios representa un acto de reconocimiento al valor y potencial de la infancia como fuerza transformadora;
CONSIDERANDO que los sistemas hereditarios de transmisión del poder real han demostrado a lo largo de la historia una notable ineficiencia en la selección de personas aptas para el ejercicio de tan alta responsabilidad;
CONSIDERANDO que ha de prevalecer CUALQUIER COSA sobre el privilegio de nacimiento como garantía de un ejercicio eficaz y renovado de la jefatura del Estado;
CONSIDERANDO que la sociedad contemporánea exige mecanismos de participación más inclusivos y representativos de la diversidad social;
CONSIDERANDO que los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad han de aplicarse también a la más alta magistratura del Estado;
CONSIDERANDO que la observación de los sistemas naturales, como el de las abejas en la selección de su reina, demuestra la eficacia de los procesos selectivos basados en capacidades reales y no en linajes;
CONSIDERANDO que la infancia y la adolescencia representan un estado de pureza moral y creatividad no contaminado por intereses espurios, constituyendo así un reservorio idóneo de futuros jefes de Estado;
CONSIDERANDO, en fin, que una redistribución del poder real hacia segmentos tradicionalmente excluidos de las esferas de decisión redundará en un fortalecimiento de los vínculos entre la Corona y el pueblo;
Se dicta la presente Ley de Autoorganización del Poder Real y Concurso-Oposición para la Selección del Príncipe o Princesa de Asturias y futuros monarcas de la Hispanidad.
TÍTULO I: BASES DEL CONCURSO-OPOSICIÓN
Artículo 1. Estatuto General de la Corona
Todo niño nacido ha de poder ser considerado a la postre Rey/Reina/Príncipe/Princesa en los términos en los que la actual regente Leonor de los Borbones y de Leticia lo es.
Artículo 2. Territorios de la Corona
El territorio que comprende la Corona Española a los efectos de esta ley son:
- La península Ibérica
- Norte de África, en cuanto que el Sahara Occidental y Marruecos.
- Las dos Sicilias.
- Alemania del Este y del Oeste menos Prusia (que se regirá por un delegado del gobierno)
- Países Bajos altos y bajos (incluida Suiza, porque están muy descontrolados y necesitan una buena regente)
- Toda América, incluyendo Canadá pero no Estados Unidos (por ser república y enemigos desde 1898)
- Cuba queda excluida por tener un comunismo que no funciona (Pero no los cubanos, que son muy majos y pueden ser reyes o reinas perfectamente)
- El resto de América Latina, incluyendo Paraguay, Chile, Argentina, Perú y de Brasil lo que decidan ellos, México, Uruguay, Venezuela y la Guajira (sin incluir a los wayús)
- Filipinas
- Guinea ecuatorial
- Y cualquier otro territorio que se considere parte de la hispanidad, entendiendo esta como se quiera.
Los pueblos originarios constituyen por sí mismos casas reales por derecho propio, pues ya tienen casas y son indudablemente reales (existen de verdad). Por tanto, no pueden ser súbditos de nadie más, sino que serán considerados casas reales hermanas y casas reales madre.
Artículo 3. Sistema de Elección
La forma de elección del Jefe del Estado del Reino de España pasa de ser hereditaria al presente concurso-oposición.
Artículo 4. Requisitos de los Aspirantes
Los requisitos indispensables para aplicar a cualquiera de las plazas de la Casa Real son:
Estar vivo y preferiblemente despierto durante las pruebas
Querer ser un buen rey o un mal rey de reinado corto
Hablar español más que menos o estar en disposición de hacerlo en los dos años posteriores a la obtención de la plaza
Ser pobre en el momento de aplicar a la plaza, entendiendo pobreza como encontrarse fuera del 10% más rico del mundo en general y de cada Estado en particular
Haber experimentado al menos una injusticia significativa en su corta vida que le permita empatizar con el sufrimiento de los súbditos
Ser capaz de distinguir entre la fantasía y la realidad, pero valorar ambas por igual
No haber nacido en jueves, salvo que dicho jueves fuera festivo o hubiera huelga general
Tener al menos un amigo.
En primera convocatoria también tendrán que presentarse niños marroquíes, bereberes y saharauis (ver ANEXO II).
TÍTULO II: CATEGORÍAS Y PRUEBAS
Artículo 5. De los Objetivos Reales
5.1. El objetivo real número uno es escoger un niño de una forma razonable y engordarlo a la manera en la que las abejas engordan a su reina. Es decir, dotándola de una celda más grande, reservado los mejores bocados y en definitiva, mimándola más que al resto. Esto no es metafórico, sino que constituye un hecho real y observable en la naturaleza que ha de ser replicado en el ámbito monárquico.
5.2. El objetivo real número dos es disolver el poder de la actual casa de Borbón y hacerlo cristalizar en capas de la sociedad tradicionalmente excluidas del buen brilli brilli, garantizando así una redistribución tangible y efectiva del fasto monárquico.
Artículo 6. De la Expansión del Reino
Estar en disposición de conquistar everymonde o las chinas si así lo requiere/n:
El 67% de los súbditos y el 91,2% de los dispuestos en el artículo 6.1
6.1 El 93,2% de los chinos de la China popular y la otra
6.2 El cien por cien de los Japos, para el reino del Japón
6.3 Cualquier bosquimano
Se aclara que la conquista podrá ser física, intelectual, emocional, cultural, gastronómica o memética. La conquista por las ideas y el cariño mutuo es tan válida como la conquista por las armas, siendo preferible la primera por razones obvias de ahorro energético y menor derramamiento de sangre.
Artículo 7. De la Situación de los Actuales Miembros de la Casa Real
La actual Princesa de Asturias y su hermana pasarán a heredar la custodia del Palacio Real de Madrid y podrán dejarlo en herencia siempre y cuando se respeten las siguientes condiciones:
a) Todos los baños del palacio tendrán que recibir caca todos los días
b) El palacio se autogestionará horizontalmente por consenso
c) La comida sea abundante
c.i) Tan abundante que siempre pueda ir un súbdito a comer
c.ii) Siempre y cuando el súbdito avise con antelación para que la cocina se organice
d) Que las princesas o sus herederos quieran mantener esta herencia
d.i) Que las princesas o sus herederos sean eventualmente felices
d.ii) Que las princesas o sus herederos duerman bien por las noches y de vez en cuando siesta
El Palacio de la Zarzuela quedará reservado como residencia oficial del nuevo monarca seleccionado por concurso-oposición y su familia más cercana, entendiendo por tal a quienes el niño o niña designe como tales, sean o no consanguíneos.
Artículo 8. Del Régimen Económico de la Corona
Los titulares y adjuntos de la Casa Real se abastecerán únicamente en especie y en bienes o servicios en usufructo, prescindiendo en el transcurso del reinado de cualquier tipo de propiedad privada.
Artículo 9. De la Recuperación de Bienes
A los titulares y adjuntos de la Casa Real se les considerará propios todos los bienes patrimoniales, muebles e inmuebles, industriales y de toda índole que se encuentren en situación de abandono o precarización flagrante, y el usufructo de los mismos se obtendrá en el mismo momento que se empiece a revertir por medio de cualquier tipo de energía el estado de abandono. P.e, pasando un trapito húmedo sobre una máquina de escribir polvorienta.
Artículo 10. De las Obligaciones Institucionales
Los titulares de la Casa Real y sus adjuntos tienen la obligación de personarse en consejos de ministros, reuniones ministeriales, sesiones plenarias de ayuntamientos y posteriormente dar una opinión de lo más trascendental y lo más gracioso de cada movida en algún medio audiovisual.
TÍTULO III: FASES DEL CONCURSO-OPOSICIÓN
FASE I. PRUEBAS ELIMINATORIAS
Para Vía Infantil (7-12 años):
Prueba de Supervivencia Real (10 puntos)
Sobrevivir a un día entero comiendo solo lo que se encuentre en un palacio abandonado
Demostrar habilidad para encender fuego con dos palos y una lupa
Construcción de un refugio improvisado usando solo materiales reciclados
Prueba de Diplomacia Creativa (15 puntos)
Resolver un conflicto entre dos niños que se pelean por un juguete sin recurrir a la violencia
Convencer a un grupo de adultos de que jueguen al pilla-pilla
Negociar con éxito más tiempo de recreo en su escuela
Prueba de Administración del Reino (15 puntos)
Distribución equitativa de una tarta entre 20 personas hambrientas
Organización de un sistema justo para decidir quién limpia qué en una casa compartida
Elaboración de un horario para el uso de un único ordenador entre cinco hermanos
Para Vía Adolescente (13-17 años):
Prueba de Gestión de Crisis (10 puntos)
Simulación de una catástrofe natural: coordinación de evacuación
Mediación en un conflicto entre dos pueblos por el uso del agua
Gestión de una epidemia ficticia con recursos limitados
Prueba de Innovación Social (15 puntos)
Diseño de un sistema para reducir el desperdicio de comida en su comunidad
Creación de un programa para integrar a personas mayores y niños en actividades conjuntas
Presentación de una solución para el transporte sostenible en zonas rurales
Prueba de Pensamiento Estratégico (15 puntos)
Elaboración de un plan para mejorar la educación sin aumentar el presupuesto
Diseño de una estrategia para proteger un ecosistema amenazado
Simulación de negociaciones con una potencia extranjera para un acuerdo comercial
FASE II. PROYECTO DE REINADO
Los aspirantes que superen las pruebas eliminatorias deberán presentar y defender un proyecto titulado: "Cómo haría brillar la Hispanidad durante mi reinado".
Requisitos del proyecto:
Debe incluir medidas concretas para:
Hacer caca en cada uno de los baños reales al menos una vez al mes
Distribuir el brilli brilli entre las clases tradicionalmente excluidas
Establecer relaciones horizontales entre los pueblos de la Hispanidad
Implementar un sistema para que cualquier súbdito pueda comer en palacio sin aviso previo
El proyecto será evaluado por:
Un panel de niños de diversas edades y orígenes
Un consejo de abuelas sabias
Tres expertos en "buen rollo" intercultural
Un representante de cada territorio incluido en el artículo 2
FASE III. PRUEBA FINAL: "BÚSQUEDA DEL LID"
Los finalistas (3 de cada vía) participarán en una prueba final denominada "Buscando al Lid", donde deberán demostrar su capacidad de liderazgo en situaciones inesperadas:
Organización espontánea de una fiesta callejera que incluya a todas las edades
Mediación en un conflicto entre personas que hablan idiomas diferentes
Creación de un juego nuevo que tenga como tema central la unidad en la diversidad
Preparación de una comida con ingredientes de los diferentes territorios hispánicos
TÍTULO IV: MINISTERIO DE ASUNTOS IMAGINARIOS
Se crea el Ministerio de Asuntos Imaginarios, encargado de:
Supervisar que los reyes y reinas electos mantengan viva su capacidad de imaginar mundos mejores
Asegurar que ninguna decisión real vulnere el derecho a soñar de los súbditos
Coordinar proyectos de "despublicitación" que rompan el pacto social y tejan actos sociales
Implementar aproximaciones a una reubicación del poder que favorezca la autoorganización popular
ANEXOS
ANEXO I: RAZONES ADICIONALES
Es una propuesta divertida y soberana en medio del caos y la desdicha
Hay que fijarse en las abejas
La actual razón de ser de la Corona Española así es por los cojones de Dios y dios hace ya unos años que murió. ¡Lo mataron!
Ahora le toca mandar a la Lore
ANEXO II: SOBRE MARRUECOS
Lo de reclamar el reino de Marruecos está bien. Genera conflictillo con el Mohamad, pero es que ese país está muy mal y si se pone una reina fina imagina el tinglado to guapo que nos queda.
DISPOSICIÓN FINAL
Shape↑ ¿Qué es esto?
NOTA DEL MINISTERIO DE ASUNTOS IMAGINARIOS: Este concurso-oposición sustituye definitivamente el sistema hereditario por considerarlo anticuado y poco divertido. Cualquier intento de recuperar el sistema anterior será considerado una ofensa contra la imaginación colectiva y castigado con la obligación de pasar un trapito húmedo sobre todas las máquinas de escribir polvorientas del reino.